LA VIDRIERA IRRESPETUOSA LA ENTIDAD DE UN DELITO

LA VIDRIERA IRRESPETUOSA
LA ENTIDAD DE UN DELITO

por Hugo Bruschi
Se trata sin duda alguna, de uno de los más apasionantes temas de la realidad nacional. Existen ciertas actividades donde el delito es de difícil identificación. Existen por el contrario otras, en donde no quedan dudas y se puede aplicar el Código Penal sin problema alguno. Es el caso de los ladrones de gallinas, quienes siempre dejan sus huellas en forma de plumas o alguna olla hirviendo, que no puede disimular su intención.
Existen otros delitos en cambio, en donde el Código Penal se engripa y debe guardar reposo. Es el caso del hombre público electo por el pueblo democráticamente, bien democráticamente para que no queden dudas. Hombre público pago por el Estado para cumplir con la misión que se le ha confiado. Cuando esos hombres, en el desempeño de sus tareas cometen algún acto reñido con las buenas costumbres, la Justicia se ve en apuros y no consigue en la mayoría de los casos identificar el delito. Sabemos de expedientes que como los osos, duermen largos períodos. Abusos de funciones, malversación de fondos - es decir versos mal cantados-, "errores de gestión" como le llaman algunos por las dudas que el boomerang se vuelva. Y si en el mejor de los casos el delito fuere identificado, siempre queda el recurso de compararlo con otros de mayor envergadura o actos de corrupción cometidos por los "otros" y de ese modo se atenúa la gravedad de los mismos. De eso se encargan los amigos del sospechado y la prensa, o algún periodista especializado en la materia. 

Hubo uno que parece haber incorporado al Derecho Penal, la idea del enriquecimiento y si éste no se produce dado el monto del delito, aparece como atenuante en la causa. Y por si fuera poco, este periodista dividió el monto del "error de gestión", entre los 365 días del año lo que arrojó una cifra que no debería preocupar a nadie. Si Ud. no está informado y cree que esto es una joda, lo sacamos de su error. ESTO FUE PUBLICADO POR UN PASQUÍN OFICIALISTA EN LA DEFENSA DEL SR. SENDIC. Y siguiendo con este criterio a la hora de juzgar, podríamos aconsejar que el sospechado se condene a prisión domiciliaria durante 1 hora diaria, es decir: si el individuo continúa en su cargo y deberá marcar tarjeta a las 8 de la mañana, deberá levantarse a las 6 y cumplir con su hora de arresto. Recién a las 7 estará libre para encaminarse hacia su lugar de trabajo.
Y si no trabaja por la razón que fuere, podrá cumplir su arresto durmiendo. De esto se desprende que no conviene afanar gallinas.......






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