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Delito de muchedumbre

 

Delito de muchedumbre




Por Fernando Moyano

25 noviembre 2021 para Prensa   Alternativas 

Una opinión personal
La enoclofobia, también conocida como demofobia, es la fobia o miedo irracional a las multitudes. (Wikipedia)


Los hechos a los que nos referimos acá han sido ampliamente informados y comentados: procesamiento y condena de seis militantes sociales, tres por autores del delito de atentado con agravantes y otros tres por cómplices. La condena se basa en lo ocurrido hace casi nueve años -15 de febrero de 2013-, un acto masivo de protesta por el traslado de la jueza Mariana Mota fuera de la órbita penal, dispuesta por la Suprema Corte de Justicia. Ocurrió en la sede de la misma en el acto de formalizar el traslado de diez jueces a nuevos cargos, Mariana entre ellos.
 
La sentencia que dicta ahora la jueza actuante Ana de Salterain hace un breve relato de los hechos entre las 10 y las 14 horas de ese día. Señala que ingresaron a la sede 150 personas habiendo muchas más afuera y que no ocurrió de parte de ninguna de ellas ningún acto de agresión física contra otras personas ni daño material contra las instalaciones u objetos. Después de un buen rato de demora debido a las protestas (canto de consignas y nada más que eso, que la jueza considera insultantes) la actividad pautada por la SCJ se llevó a cabo cerrando las puertas de la sala de ceremonias mientras los manifestantes permanecieron en el edificio, retirándose luego hacia las 13:30. Quedaron unos pocos algunos minutos más sin ninguna acción relevante. La sentencia relata también el papel de mediadores exhortando a la gente a retirarse luego un buen tiempo de haber ingresado, que cumplieron dos miembros de la dirección del PIT-CNT de los cuales se menciona uno, Gustavo Signorelli del sindicato de Judiciales, al que se lo llama “Signorelle”. Se señala como convocantes a la protesta al PIT-CNT y “otras” organizaciones. El papel de “líderes” de los condenados no está demostrado en ningún lado ni se intenta hacerlo.
Se realizó ahora, el miércoles 17 de noviembre, una “Asamblea abierta” ante la sede de la SCJ (que estaba vallada), un acto de protesta de unas 200 personas con la presencia de lo condenados, canto de consignas, etc. En las intervenciones se dijo que los “agravantes” de la sentencia ni se sabe cuales serían. Es el único punto al que voy a referirme; se sabe.

 
La sentencia señala como agravante que el delito de “atentado” sea cometido por “tres o más personas”, según el Código Penal. ¡Tres personas! Realmente es completamente irracional. La jueza se basa, sin mencionarlo expresamente pero es evidente, en los criterios que da Jorge Peirano Facio (conocido por los estudiantes de sus tiempos docentes como Peirano “Fascio”) en un trabajo del cual tomamos su título: Delito de Muchedumbre.

 
Este especialista en el derecho civil uruguayo reconocido internacionalmente incursiona acá en el derecho penal, como también incursionó en la política como ministro de Relaciones Exteriores del gobierno de Pacheco, y también, tal vez para tener una visión completa del problema desde ambos lados, en el delito. Fue procesado dos veces por estafas millonarias. Este verdadero especialista en el tema, entonces, explica que la normativa de nuestro derecho en ese aspecto está inspirada en el Codigo Rocco de la Italia de Mussolini. A su vez toma las ideas conceptuales en autores como el sociólogo francés Gustave Le Bon de principios del siglo XX, especializado en explicar que la evolución hace que unos pueblos sean superiores a otros, y también que las multitudes inciden a la baja en la racionalidad del comportamiento de los individuos. Las multitudes tenderían a comportarse de manera puramente impulsiva, irracional, descontrolada, ignorante, y el individuo en la multitud es arrastrado a eso. (Piscología de las masas, 1895. Algunas de estas ideas, y no es culpa del autor, son tomadas como base para definir la propaganda política por Hitler en Mi lucha).
Basándose en Le Bon, Peirano distingue en la muchedumbre las figuras del líder y los dirigidos. Y conserva, como buen académico, los términos en francés meneur y mené. Así son las multitudes y así funcionan, según estos autores. Y desde el punto de vista penal eso importa a la hora de definir a quién se manda en cana. ¿Por qué delito? Por el delito de muchedumbre. Si leemos la sentencia de Salterain eso es exactamente lo que dice.
Y también debemos decir que Salterain ni siquiera aplica con mínima seriedad esos criterios que su maestro indica. No sigue las pautas de investigar las distintas posibilidades a la hora de establecer culpabilidades si las hay, no evalúa nada. Eso Salterain se lo saltea. Está tan mal redactada la sentencia que repite fragmentos enteros, y hasta se equivoca, como señalamos, en el apellido “Signorelle”. Saca del cajón una cosa a medio hacer y la tira sobre la mesa sin tomarse el trabajo de pasar en limpio el borrador, tiene que hacerlo de apuro por los “tiempos políticos” que requieren sumar un rinoceronte más al desfile. Siempre lo político está por encima de lo jurídico. Siempre.


Veamos apenas algunas de las cosas más gruesas. Para todo no da.


Y voy a empezar por algo. Yo estuve allí.


Entré en la sede la Corte. No lo hice a instancias de nadie, ni de los ahora condenados ni de ningún otro. Cada acción la decidí por mi mismo. Fui de los últimos en retirarse, cuando por mi cuenta decidí que ya no había nada para hacer ahí adentro. Nadie me dijo que entrase, nadie me dijo que saliese. Y hasta donde sé, eso mismo hicieron todos. Nadie me dijo “yo vine porque me dijo Fulano”. Y hablé con muchos de los participantes.


Cito aquí un fragmento de las conclusiones de Peirano:
 

Responsabilidad del “meneur”. Es preciso distinguir aún: - si efectivamente dirigió la muchedumbre hacia el crimen. [En ese caso] es plenamente responsable por el delito cometido. El hecho de que el delito haya sido cometido por una muchedumbre se considerará como agravante de la pena impuesta a ese delito. … [o] - si el “meneur” fue conducido por la muchedumbre no incurre en responsabilidad penal. Pero contra él se pueden tomar medidas curativas o preventivas. La apreciación del si el “meneur” fue conductor o conducido, queda librada a criterio del juez. Éste sabrá deducir el verdadero carácter de su intervención de acuerdo a ciertas reglas de buen sentido. Así, si el “meneur” fue uno de los motivos preponderantes, o el motivo preponderante en la formación de la muchedumbre existen posibilidades en el sentido de que ha sido realmente el conductor. La cosa es improbable en el caso de que haya surgido en una muchedumbre ya formada. (Los destacados en negrita son nuestros).

 
Vemos aquí varias cosas. El agravante, como dijimos, es la muchedumbre. Corresponden medidas “curativas” porque la muchedumbre vendría a ser una enfermedad. Si la locura viene de un lado o el otro, el juez sabrá. En este caso, la juez, sobre eso ni palabra. Pero en este caso se trata, según toda la evidencia, de una muchedumbre que los procesados por ser “líderes” encontraron ya formada. Había sido convocada públicamente por otras organizaciones con sus propios “lideres” de pacotilla, pero al menos eso pretendían ser. Eso lo dice la propia sentencia detalladamente.


Gustavo Signorelli allí mal mencionado y el único mencionado de las organizaciones convocantes, perdió junto con su agrupación las elecciones en su sindicato al año siguiente. Y al siguiente volvió a perder el último cargo que tenían en la Directiva. El suyo. Dejó de ser para siempre dirigente sindical, perdió por lo tanto sus fueron sindicales y debió volver a trabajar como simple funcionario, deambulando por los juzgados porque nadie lo quería, por inservible. Pero no le peguemos tanto al pobre prototipo de burócrata sindical, no es el tema de esta nota.
Vayamos a lo que importa. La acción fue convocada públicamente por determinadas organizaciones mencionadas en la sentencia. Entonces, la juez que sale de la vaina por meter en cana a alguien debería considerar la posibilidad de que los realmente conductores de esa terrorífica muchedumbre fuesen los dirigentes de esas organizaciones. Gritar consignas nunca puede ser considerado un delito, o habría que meter en las cárceles ya completamente desbordadas a la mitad del Uruguay comenzando por las hinchadas futboleras. Pero si lo fuese, ese terrorífico delito de muchedumbre fue cometido ANTES de las negociaciones del tal “Signorelle” et al para que la gente se retirase. Eso lo relata la sentencia. Y si acaso la gente ya delictiva se retiró mayoritariamente a instancias de esos “conductores” es “de buen sentido” explorar la posibilidad de que hayan sido esos los instigadores al delito que se pretende. Si asalto un banco, tomo rehenes, después vienen negociadores policiales, hablamos, decido deponer la acción y liberar a los rehenes, seguramente esa actitud sea tomada como atenuante del delito, pero no creo que me dejasen ir lo más pancho para mi casa. El delito se habría efectivamente cometido.


O sea: o hubo delito o no lo hubo. Si lo hubiere -supongamos ese absurdo- y hubo “conductores” y la gran mayoría de la gente fue conducida a retirarse por esos conductores DESPUÉS de haber supuestamente delinquido a instancias de ellos, pues a ellos. Y si no hubo delito para unos menos aun para los otros. Eso sería “de buen sentido”.
Pero no esperemos buen sentido, lo político está por encima de lo jurídico. Y la política es política de clase. De lo que se trata aquí es del buscar el ESCARMIENTO de la muy peligrosa costumbre de juntarse y protestar, de la protesta COLECTIVA. Esa fobia, ese terror, no es en realidad “irracional”. Es totalmente racional para la clase dominante, la clase de los muy pocos. Evitar que los muchos de la clase dominada se junten. “Tres son multitud”, dicen.


El miedo racional de la clase dominante al despertar de los oprimidos es una constante. La definición jurídica de delitos como asonada, atentado, y la condición multitudinaria como agravante, incluso el ridículo de “tres son multitud”, parte de la lógica de dominio de la minoría sobre la mayoría. Cuando ese dominio se debe, por razones históricas, compatibilizar de alguna manera con las instituciones formalmente democráticas, se recurre a ciertos mecanismos variables que dependen de muchos factores. Es evidente que en la medida que aumenta la conflictividad social, o exista la perspectiva de que aumente, se buscarán mecanismos preventivos de contención. El disciplinamiento social debe incluir “vigilar y castigar” pero disuadir es mejor que castigar. Uno de los mecanismos de disuasión usado a lo largo de la historia es el castigo selectivo ejemplarizante.
El sociólogo Pierre Bourdieu ha explicado esto en “El poder simbólco”, “Fundamentos de una teoría de la violencia simbólica”, etc, un poco en la línea de Michel Foucault que aludimos más arriba. “Una forma de violencia que podemos llamar ‘dulce’ y casi invisible”, y que sería un “acto docente”. Pero para que la violencia simbólica funcione debe haber una violencia fáctica que cumpla el papel fundante que luego se reproduce y amplía en la violencia simbólica. El papel moneda circula y funciona, pero debe haber un respaldo en el banco emisor, o no valdría nada. La violencia simbólica y fáctica se relacionan de forma similar.


Vamos a verlo en concreto. El delito de muchedumbre presenta el siguiente problema, bien concreto: son muchos.
No se puede procesar y castigar a todos, es material y jurídicamente imposible. En muchos casos no se sabe, en su amplia mayoría, ni quienes son. Entonces cobra especial importancia procesar y castigar a algunos: es el escarmiento. A ver si así paran.


Por eso es que este tipo de acción judicial no tiene, en este caso, nada que ver con la lógica. Si hay dos presuntos líderes (y para la ideología de esa clase dominante líderes tiene que haber habido porque sin líderes no hay historia) y la gente siguió a uno, no se procesa necesariamente al que la gente siguió sino al que sería más peligroso que la gente pudiera seguir, aunque no lo haya hecho. No según el delito que efectivamente ocurrió sino sobre el que podría tal vez peligrosamente ocurrir. Por eso ocurre esto que vemos, procesar y condenar por un delito que no existe, según el supuesto peligro de lo que podría llegar a pasar. No según lo que efectivamente pasó. Un peligro para alguien o algo en concreto.


La fobia a la muchedumbre es un miedo racional del dominador minoritario sobre la rebelión potencial del dominado mayoritario.
En ese sentido el fallo de la jueza Salterain es un ejemplo de libro. Y es algo tan descarado y grosero, que, de hecho, es una incitación a la protesta multitudinaria, como ya lo vimos en la realidad concreta. Hay que procesar a a jueza por incitación a la violencia.


Noam Chomsky presentó su testimonio en el juicio contra Julian Assange

 Noam Chomsky presentó su testimonio en el juicio contra Julian Assange


por Página/12
01/10/2020

Aseguró que el creador de WikiLeaks hizo un gran servicio a la humanidad con sus revelaciones

El intelectual estadounidense señaló que la información que difundió WikiLeaks tiene el potencial de emancipar a los ciudadanos. Y que el gobierno de EEUU está criminalizando al periodista australiano.

Noam Chomsky aseguró que el periodista Julian Assange hizo un gran servicio a la humanidad al publicar miles de archivos secretos del gobierno de EEUU. Además señaló que la información revelada por WikiLeaks desde 2010 tiene el potencial de emancipar a los ciudadanos para que dejen de ser súbditos del poder. El lingüista y filósofo agregó que el gobierno estadounidense está criminalizando al periodista. 

El testimonio de Chomsky fue presentado por los abogados de Assange durante una nueva jornada del juicio de extradición a EEUU. Además testigos presentados por la defensa del activista australiano revelaron cómo fue espiado durante su asilo en la Embajada de Ecuador. La fiscalía estadounidense lo acusa de espionaje y piratería informática por lo que quiere juzgarlo en territorio norteamericano.

Chomsky no dudó en manifestarse a favor de Assange y determinar la importancia del trabajo hecho por WikiLeaks. “En mi opinión, Julian Assange, al defender valientemente las creencias políticas que la mayoría de nosotros profesamos compartir, prestó un enorme servicio a todas las personas del mundo que atesoran los valores de la libertad y la democracia y que, por lo tanto, exigen el derecho a saber qué es lo que están haciendo sus representantes”, estableció Chomsky en su declaración por escrito ante la Justicia inglesa.

Además señaló queel gobierno norteamericano busca criminalizar al periodista ya que sacó a luz información que podría evaporar el poder de EEUU. Para el intelectual el uso que haga la ciudadanía de datos como los revelados por WikiLeaks pueden llevarla a conseguir la independencia y abonar a la construcción de una sociedad libre. De lo contrario el mundo seguirá siendo súbdito de amos que operan en secreto, sostuvo el lingüista.

Chomsky cuestionó también la naturaleza de los documentos secretos del gobierno norteamericano. «Cualquiera que busque en los archivos se habrá dado cuenta de que lo que se mantiene en secreto rara vez tiene que ver con seguridad, a menos que sea la seguridad de los poderosos frente a sus enemigos y su propia población», explicó. 

Espionaje en la Embajada

El juicio de extradición contra Assange llegó a la jornada número 17. Durante el miércoles también se conocieron datos reveladores sobre cómo se dio el espionaje contra el periodista en la Embajada de Ecuador. La defensa presentó el testimonio de de dos testigos anónimos que trabajaron para la empresa española US Global, encargada de brindar el servicio de seguridad a Ecuador mientras el periodista estaba asilado en la sede diplomática.

El diario El País había revelado en julio del año pasado que las reuniones del activista australiano estaban siendo espiadas por esta empresa. Uno de los testigos encubiertos señaló que el presidente de la compañía, el español David Morales, dio la orden de espiar a Assange. “Morales (…) traicionó los términos del contrato y la confianza depositada en él por el gobierno de Ecuador, al entregar de forma sistemática información a las autoridades de inteligencia de EEUU, a las que trasladaba de forma recurrente y durante un periodo de tiempo todo el material relacionado con la seguridad de la Embajada», señaló el denominado Testigo 1 según Sputnik

El 19 de junio de 2012 Assange había ingresado en la sede diplomática ante el pedido de extradición que hizo el gobierno sueco a la justicia inglesa. En ese momento el periodista estaba siendo acusado por supuesta violación y acoso sexual. En 2019 la justicia de Suecia cerró el caso. 

pagina12.com.ar

EL PODER JUDICIAL DE IN-JUSTICIA Jorge Zabalza

EL PODER JUDICIAL DE IN-JUSTICIA

Un montón de gente fue a solidarizarse con Mariana Mota el 15 de febrero de 2013, era unánime el rechazo a la maniobra de trasladarla a un juzgado civil para enlentecer decenas de procesos por delitos de lesa humanidad.
La concentración venía siendo muy tranquila hasta que los supremos del poder judicial se espantaron con la indignación que había provocado su arbitrariedad y pidieron a la policía que desalojara el sagrado recinto. Ni lerdos ni perezosos, los milicos se
colocaron sus escafandras y chalecos antibala y comenzaron el operativo “empujón” con palos y escudos.
A nadie le gusta que le metan la pesada, por muy institucional que sea, menos todavía cuando se supone que se está en el templo de la justicia. Se dejaron oír desafinados coros con viejas consignas y hubo forcejeos, nada de fuerza ni violencia, reconoció después la jueza Graciela Merialdo. Finalmente, aplastadas por el muro de plástico y rostros pétreos, la gente terminó yéndose, de mala gana, por cierto, pero el edificio quedó “despejado”, como dicen en las series policiales.

El fiscal Gustavo Zubía eligió arbitrariamente a siete manifestantes de un total de 300 y los acusó judicialmente: Irma Leites, Patricia Borda, Aníbal Varela, Eduardo, Diego y Álvaro Jaume y Jorge Zabalza. 
¡Qué puntería la del fiscal! Se trataba de criminalizar la
manifestación de solidaridad y de desalentar la lucha por Verdad y Justicia.
En realidad, Zubía actuaba con el respaldo de la Suprema Corte, en particular de Jorge Ruibal Pino, presidente del egregio cuerpo, quien afirmó que la Suprema sería la muralla donde se detendría la lucha por juzgar los crímenes de lesa humanidad. Con su muralla para violar el derecho internacional, Ruibal prejuzgaba inocentes a los acusados de asesinato, desaparición forzosa, violación o tortura. Ruibal, además, había actuado como encubridor en el caso de los cadáveres que llegaban a la costa de Colonia luego de arrojados por los famosos vuelos. 
¿Qué justicia podíamos esperar de una Suprema presidida por tamaño atorrante?
Los siete fuimos conducidos e interrogados por el comisario Mieres al Departamento de Operaciones Especiales.
El fiscal gritó “atentado”, pero la jueza Merialdo nos procesó

sin prisión por haber participado en “la reunión tumultuaria que afectó el bien jurídico orden político interno del Estado”, es decir, un delito de asonada.
La jueza entendió que 
con “gritos e injurias” se impidió durante tres horas que los supremos celebraran la audiencia pública en que se designaba a Mariana Mota y otros jueces en nuevos cargos.
Los doctores Juan Fagúndez, Gustavo Salles, María de le la Fuente y Gonzalo Galíndez, abogados defensores de las víctimas de la arbitrariedad judicial, apelaron el auto de procesamiento por considerarlo inconstitucional. El 28 de abril del 2015, dos
años y pico después de los hechos, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el fallo que nos procesaba. Caso cerrado.
No estaba tan cerrado, sin embargo. El super fiscal Zubía volvió a la carga y exigió que se nos procesara por los mismos hechos que ya habíamos sido procesados, pero, esta vez, por el delito de Atentando Agravado. 

Entendía que habíamos actuado con

violencia y que, para preservar a la sociedad, debíamos ir a prisión.
El nuevo expediente prosiguió su recorrido y fue a parar al Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4° Turno. Finalmente, Ángel Cal Shaban, José Balcaldi y Daniel Tapié se avinieron a la acusación de Zubía y, a seis años y cuatro meses de manifestar solidaridad con la doctora Mota, nos procesó sin prisión por atentado, cuatro de los
procesados en calidad de autores y dos como cómplices. El séptimo caso debía correr por cuerda separada.
Los fundamentos de la división entre cómplices y autores permanecen en las sombras de las disquisiciones jurídicas de Cal Shaban, redactor del escrito que nos enviaron
mediante el cedulón N° 722/2019 IUE 94-35/2013, donde nos comunicaban que nos habían procesado dos veces por los mismos hechos. 
El Tribunal de 4° Turno fue creado el 23 de abril de 2011 por la Suprema de Ruibal Pino. El periodista, investigador y luchador Roger Rodríguez historió la forma en que el tribunal se puso mano a la obra y, a los pocos meses de creado, modificaron de dos fallos judiciales trascendentales.
En primer lugar, decretaron la libertad del coronel Walter Gulla por el asesinato en prisión del compañero Horacio Ramos y, en segundo término, declararon inocente a Gregorio Álvarez, el hiper dictador, por el asesinato del compañero Roberto Luzardo,
cometido en el Hospital Militar.
El Tribunal de Cal Shabán fue creado como un adoquín

muy importante de la gran muralla protectora del terrorismo de estado.

Como el grupo de abogados defensores llevará el caso a Casación, los supremos tendrán la última palabra.
¿Qué podemos esperar de la “muralla”? Con toda seguridad,

el máximo órgano judicial ratificará el laudo del Tribunal, al fin y al cabo, es la “Suprema Corte de In-Justicia” como solía decir el inolvidable Daniel Viglietti.
La cruzada de Zubía habrá alcanzado su objetivo, continuación del espíritu con que se dio el golpe del 27 de junio de 1973. De todas maneras, continuará su lucha denodada por un sistema carcelario de castigo y venganza, que deje a un lado la rehabilitación
social de los privados de libertad. Su postura revela las características del horizonte político que persigue, un sistema basado en la autoridad vertical y uniformada, en el obedezco y mando, en esa rigidez disciplinaria que propugnaba la dictadura para domar al pueblo trabajador.
A medio siglo del terrorismo de estado -que comenzó antes del golpe de 1973-continúa la lucha por Verdad y Justicia.
Pese a los pronósticos de que la lucha llegaría 
a su fin con la muerte de verdugos y víctimas, la han hecho suya la generación de los biznietos, y bajo agua como el último 20 de mayo.
El procesamiento de siete de los 
cientos de luchadores es apenas una escaramuza de esa gran batalla y un botoncito de
muestra de lo que se viene.








LA CASA ES SERIA.....

LA VIDRIERA IRRESPETUOSA
LA CASA ES SERIA...
...


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por Hugo Bruschi en el Año contra la Impunidad
 
......y por tanto se reserva el derecho de admisión, les faltó decir. Así lo tuvo que entender la Jueza Mariana Mota y así lo tendrá que aceptar el Fiscal Enrique Viana. Tanto aquella como éste, estaban incursionando en zonas reservadas a los que manejan el negocio y en tal sentido no debería sorprendernos la decision de sus dueños. Èstos no hacen más que cuidar sus intereses, que no siempren coinciden claro está, con los de los clientes, quienes deberán entender de una vez por todas que no se admitirán curiosos. Qué es eso de andar metiendo "las narices donde nadie los llama?
"El Pueblo nos confió el manejo de esta gran empresa pública y él y sólo él, mediante elecciones libres, tendrá el derecho de dar su opinión, lo demás no cuenta. Y por ahora ese Pueblo no parece estar descontento con nuestra gestión" nos confesaba un destacado dirigente. "Ud. observe -nos continuaba diciendo - que el entonces presidente del país José Mujica, declaró que este problema de los desaparecidos recién se resolverá cuando todos los involucrados en aquellos hechos, estuvieran muertos.  A qué viene ese apuro entonces, que pretendía esa Jueza Mariana Mota con eso de los expedientes y las visitas a predios militares? Acaso arrojar una sombra de duda sobre nuestra gestión?"




Bueno, pero no se olvide que los familiares no pueden esperar tanto, ellos también son mayores y pueden morir sin saber donde están sus seres queridos, no le parece? "Para ello hemos creado una comisión......." nos dijo el hombre.
Y en el caso del Fiscal Enrique Viana, que nos puede decir? Mire, para que tenga una idea de que el Pueblo no toma en serio estas "denuncias de irregularidades", lo invito a concurrir a la Puerta del Estadio Centenario y preguntarle a la hinchada que concurre a alentar a la Celeste, si conocen al Fiscal Viana. Después me cuenta........Este hombre carece de idoneidad y también se interna en asuntos que no son de su competencia, nosotros tenemos personal altamente calificado para la tarea, para entender en proyectos de inversión y los efectos sobre el medio ambiente".
Bueno....menos mal. Ahora podemos estar tranquilos, le respondimos. Y una vez finalizado el diálogo con este hombre de pro, nos quedamos con la impresión, de que el pais está en muy buenas manos.....

LA JUSTICIA PASO A LA "CLANDE"!!

LA VIDRIERA IRRESPETUOSA
 
LA JUSTICIA PASO A LA "CLANDE"!!





por Hugo Bruschi en el Año contra la Impunidad
 
Bien podría ser el título a exhibir en carteleras para algún sainete bien escrito o para el caso uruguayo, un couplé carnavalero como aquellos a que nos tenía acostumbrados la Escuelita del Crimen. Se imaginan Uds. Amigos de la Vidriera, a la Fiscal Stella Llorente disfrazada de guerrillera y pistola a la cintura, leyendo los cargos al acusado? O a la Comandante Julia Staricco escuchando atentamente las pruebas de la infamia? El escenario de fondo estaría ambientado en el monte y en donde a falta de sillas, se usará un tronco de árbol cortado para la oportunidad. A la entrada de esta improvisada "sala de audiencia" leeríamos TRIBUNAL REVOLUCIONARIO. No me digan que un libreto en tal sentido, no merecería los primeros puestos en las fiestas de Momo!!!
Bueno, dejemos por un instante la joda - aunque confieso que resulta un tanto difícil al tratar este tema - para decir que ni aún en la más salvaje de mis fantasías, hubiera imaginado un escenario donde la Justicia uruguaya procese delatores o colaboradores del campo revolucionario. Que castigue a quienes colaboraron con el enemigo, que en este caso no es otro que el propio Estado uruguayo, representado en la ocasión por sus FFAA. De otro modo habría que declarar nula la existencia de ese Estado, en el período que sucedieron estos hechos. O sea que el Estado no existió, así como tampoco sus instituciones con Parlamento incluido. Esto es de locura! Pero curiosamente por si esto fuera poco, la Jueza Revolucionaria castiga al colaborador y traidor, pero deja libre a los torturadores.Alguien puede explicarme estas cosas?
Confieso que esto me supera y me declaro incompetente en la materia. Que la Justicia uruguaya asuma funciones de Tribunal guerrillero, va más allá de todo lo previsible en materia de entretenimientos y parodias destinadas a distraer un público, ignorante de lo que está pasando en este bendito país. Por favor! alguien que no esté comprometido con este intento de convertir al Uruguay en una república bananera sin bananas, salga al paso y diga: ESTO NO PUEDE SEGUIR ASÍ!!
Hubieron y es justo señalarlo, algunos catedráticos que dieron su opinión. Por supuesto contraria a este mamarracho jurídico. Pero hubieron también quienes se negaron a dar opinión, lo que nos acerca una idea de hasta donde ha llegado el miedo y la complicidad. Esos profesionales tal vez mañana, serán agraciados con algún cargo. Y más tarde como en el tango les dirán: "los favores recibidos creo habértelos pagado" ASI VAMOS........
Ni tiento que no se corte

 

Por razones políticas, gremiales o ideológicas, durante el terrorismo de Estado miles de ciudadanos fueron privados arbitrariamente de su libertad. 

Miles y miles. Salvo excepciones, que las hubo, todos fueron sometidos a atroces torturas y juzgados ilegítimamente por tribunales militares sin garantías de ningún tipo. Más de 7.000 fueron formalmente sentenciados por ellos y permanecieron recluidos en promedio 6,6 años. Un reducido grupo de detenidos fueron forzados a brindar información a cambio de detener la tortura y recuperar su libertad. Un grupo más escaso, claramente identificado, conocido y denunciado en las diferentes causas que se procesan en la actualidad, colaboró activamente, llegó incluso a incorporarse a los servicios represivos y participó, por lo tanto, en las actividades delictivas que los mismos cometieron.

Gráfico del compañero Saracho, Gabriel Carbajales

Al retornar a la vida democrática el Estado uruguayo no inició, específicamente el poder judicial, ninguna acción destinada a investigar y a esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos para identificar a los responsables de ellas y castigarlas.



Fueron las propias víctimas y sus familiares quienes asumieron, a su propio costo y riesgo, la dolorosa y ardua tarea de presentar las correspondientes denuncias para promover el accionar judicial. Ante la presión de las Fuerzas Armadas, el 22 de diciembre de 1986, con los votos del Partido Colorado y de un sector del Partido Nacional, el Parlamento aprobó la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado que sometió el poder judicial al poder ejecutivo y amnistió en los hechos a los criminales.


En un fallo histórico, mediante la Resolución 365/2009, redactada por el Dr. Jorge Chediak, en octubre de 2009, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció la inconstitucionalidad de dicha norma para el caso Nibia Sabalsagaray a petición de la exfiscal Dra. Mirtha Guianze. Posteriormente mantuvo dicho pronunciamiento para casos sucesivos. Luego que en febrero de 2011 la Corte Interamericana de DDHH sentenció la nulidad fáctica de dicha norma en el caso Gelman vs Uruguay, en octubre de ese año, el Parlamento a través del artículo 1º de la Ley 18 831 derogó la caducidad y restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado.


La dictadura cívico militar fue una tragedia nacional cuyas consecuencias perduran hasta el día de hoy. 196 detenidos desaparecidos, más de 250 asesinados, miles de uruguayos forzados al exilio para preservar su libertad y su vida. Fue un auténtico calvario, especialmente, para miles de uruguayos que fueron privados de su libertad, juzgados por tribunales militares sin garantías de ningún tipo, luego de días, semanas y meses de estar desaparecidos, encapuchados, sin ningún contacto con el mundo exterior o sus familiares, siendo sometidos a torturas inenarrables que incluyeron los abusos sexuales no solo a las mujeres.



Debido a la presión ejercida por los terroristas estatales directamente involucrados, los centros militares, las fuerzas armadas, los grupos económicos que apoyaron y lucraron con la dictadura, de los medios masivos de comunicación, liderados por El País, que apoyaron el proceso y/o militaron a favor de la impunidad, hasta el momento solo un puñado de represores y golpistas ha sido juzgado y condenado.


La detención masiva de ciudadanos junto con la tortura fue la metodología deliberadamente seleccionada por las fuerzas armadas para destruir a los opositores. En dicha práctica aberrante participaron centenares de oficiales y policías en todo el país. A pesar de ello, a treinta años del retorno a la democracia, hasta el momento no hay ni una sola persona procesada por dicho delito, que en el caso uruguayo, desde 1969 es un crimen de Lesa Humanidad, imprescriptible e inamnistiable.



Los ojos en la nuca, revanchismo, olor a venganza



En todos estos años, los medios masivos de comunicación han impulsado fervientes campañas mediáticas para atacar y denigrar a aquellos operadores judiciales que impulsaron la investigación de dichos delitos. Las operaciones mediáticas contra la exfiscal Dra. Mirtha Guianze y la lapidación pública de la Dra. Mariana Mota son ejemplos paradigmáticos de un accionar que continúa hasta el día de hoy y se renueva permanentemente.



Escudados en un falso profesionalismo independiente, acusan a los operadores judiciales de politizarse, de procesar sin pruebas, desvirtúan los pronunciamientos judiciales, amplifican las declaraciones de los criminales que se victimizan, esgrimen el olor a venganza, criminalizan el legítimo accionar de las víctimas y siembran dudas sobre la conducta de miles de luchadores sociales y políticos que enfrentaron el pachequismo y el terrorismo de Estado pagando un durísimo precio por ello para recobrar la libertad y la democracia.



Doblemente victimizadas



Las víctimas directas del terrorismo de Estado, los expresos políticos especialmente, en Uruguay han sido doblemente victimizadas de acuerdo a las normas de DDHH que nuestro país ha refrendado.



Durante la larga y violenta noche que se empezó a recorrer desde que Jorge Pacheco Areco implantó las Medidas Prontas de Seguridad para reprimir al movimiento sindical y estudiantil el 13 de junio de 1968 hasta el 1 de marzo de 1985 sufrieron la violación sistemática de sus derechos humanos.



En democracia, tal como lo estableció la Resolución 365/2009 de la Suprema Corte de Justicia sufrieron la violación de su legítimo derecho de acceder a la justicia como lo establecen las normas constitucionales vigentes. Recién en octubre de 2011, al restablecerse la pretensión punitiva del Estado, recuperaron dicho derecho aunque las causas judiciales se han visto entorpecidas por los innumerables recursos de inconstitucionalidad presentados por los defensores de los terroristas estatales.



En el plano reparatorio, recién en octubre de 2006, a más de 20 años del retorno a la democracia, el Estado aprobó la ley 18 033 que reconoció que quienes habían sido presos políticos habían sido injustamente privados de su libertad y debían ser reparados por ello. Dicha norma, valiosa e importante, continúa violentando los derechos de las víctimas tal como lo estableció la Institución Nacional de DDHH (INDDHH) en diciembre de 2012 y el Relator Especial de las Naciones Unidas, Pablo de Greiff en setiembre de 2014.



Dicha ley no repara a todos los expresos políticos y los obliga a renunciar a otros derechos ciudadanos como las jubilaciones y las pensiones, incluso las pensiones de sobrevivencia que generan los cónyuges cuando fallecen. Aunque los expresos políticos cargan con graves secuelas fruto de las duras condiciones de reclusión, tienen una mayor de tasa de morbimortalidad y menores expectativas de vida que el resto de la población, a más de 5 años de haberse sancionado la Ley 18 596, siguen sin poder elegir libremente el prestador de salud y tienen prohibido el ingreso al FONASA. Además el Ministerio de Salud Pública sigue sin cumplir con las disposiciones de ella y del propio Decreto 297/2010 que la reglamenta.



Una democracia asentada en la justicia



Castigar a quienes asesinan, rapiñan, estafan, violan o siendo funcionarios del Estado violentan las normas de DDHH es imprescindible, entre otras razones, para evitar que vuelvan a reiterarse, para evitar la justicia por mano propia, para asegurar la paz social y también para desalentar dichos comportamientos sociales.



En nuestra democracia, de acuerdo a las normas constitucionales vigentes, es obligación del Poder Judicial, con el auxilio de la policía, investigar, esclarecer y sancionar los delitos que se cometen. Es obligación, potestad exclusiva y monopólica. El adecuado funcionamiento de la justicia es sinónimo de libertad, de garantías ciudadanas y de sistema democrático. La calidad de la democracia se asienta en un poder judicial independiente, eficaz y eficiente y que asegura el derecho de todos los ciudadanos.



La Suprema Corte de Justicia ya ha sentenciado que el tiempo en que estuvo vigente la Ley de Caducidad no debe computarse a los efectos del cálculo prescripcional. Para que las graves violaciones a DDHH no vuelvan a ocurrir, el Estado tiene que sancionar a todos quienes participaron en ellas. Es una apuesta al presente y también al futuro del país.


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Opinando Nº 10 – Año 4 – Jueves 3 de setiembre de 2015

CRYSOL, Asociación de ex presos políticos

Charrúas: la matanza del Salsipuedes




Charrúas: la matanza del Salsipuedes



A 184 años del día en que se masacra a centenares de Charrrúas Artiguistas. El 11 de abril de 1831, el presidente de la reciente nacida República Oriental del Uruguay, el traidor, genocida y líder del Partido Colorado de aquella época, Fructuoso Rivera, reúne a cientos de comunidades indígenas so pretexto de programar un frente de lucha contra los brasileros, confiados en la palabra, las tribus concurrieron a las riveras del Arroyo Salsipuedes y luego de ser agasajados con alimentos y beberaje, comienza la masacre y el genocidio de una de las comunidades aborígenes que más dieron de si para luchar en defensa de este suelo que hoy habitamos, muchos ellos guerreros del Gral. Artigas.
Hoy es un día de luto, de recuerdo y de reivindicación para quienes veneramos la memoria de nuestros pueblos ancestrales. ¡Basquadé Inchalá! (¡Levántate hermano!)



¿Qué pasó luego de la Matanza de Salsipuedes?

Con este triste suceso, Rivera quiso exterminar a los Charrúas. El ataque fue el 11 de abril de 1831 y fueron asesinados 40 indígenas y encarcelados 300. Luego, 4 de estos sobrevivientes fueron envíados a París para mostrarlos como animales de circo.

 12 de abril

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Senaqué, Tacuabé, Guyunusa y Vaimaca-Pirú fueron los últimos charrúas, los sobrevivientes. El 8 de junio de 1833 fueron examinados por primera vez por los miembros de la Academia de Ciencias Naturales Paris.

¿Te imaginas cómo se habrán sentido, lejos de su tierra, en un mundo para ellos diferente, observados por gente extraña que hablaba un idioma desconocido?

Los especialistas les medían el cráneo, estudiaban sus reflejos, observaban su sangre al microscopio y anotaban todo en gruesos cuadernos con tapas de hule.

Senaqué, el curandero del grupo, había enfermado durante el viaje y falleció poco después. Guyunusa, la mujer de Tacuabé, dio a luz una niña en la capital francesa y falleció al poco tiempo. Tacuabé, luego de un intento de fuga, logró finalmente escapar con su hija. Vaimaca-Pirú quedó solo. Poco antes de morir, fue adornado con lanza y boleadoras para ofrecer un espectáculo más atractivo a los hombres, mujeres y niños que concurrían para verlo. Sobre sus últimos días, expresa Hugo A. Licandro en su cuento “Vaimaca Pirú o la muerte por melancolía”:

Durante esos tres días Vaimaca se negó a comer; sólo aceptó sorbos de agua fresca; dos días después murió. Los médicos coincidieron en diagnosticar “muerte por melancolía” y todo parece indicar que así fue.

El monumento a los últimos charrúas, ubicado en el Prado de la ciudad de Montevideo, se inauguró en 1938. Sus autores fueron los uruguayos Edmundo Prati, Gervasio Furest Muñoz y Enrique Lussich.

Está realizado en bronce, sobre una base de granito rosado. En él se pueden ver representados a los cuatro indígenas con sus vestimentas características, rodeando un fogón. Senaqué, sentado, sostiene un mate en la mano derecha. El cacique Vaimaca se encuentra de pie, y más atrás puede verse a Guyunusa, con un niño en su falda. Delante de ella, en el otro extremo del grupo, está Tacuabé.

¿Cómo eran los Charrúas?

Según los relatos de los expedicionarios, eran de complexión física grande, algo superior a la media de los españoles.

Tenían un color de piel oscuro, pero no tanto como el de sus ojos, negros como la noche. Poseían una gran sensibilidad visual y auditiva.

Ataban sus largos y llovidos cabellos con una especie de cordel y agregaban plumas y vinchas.

Eran nómades, se organizaban en grupos y tenían un jefe o cacique que los dirigía en combate.

Vivían en tolderías, que construían con ramas de árboles y cuero de vaca. Se abrigaban también con cuero y andaban a caballo.

Videos: así se roba en Montevideo

Videos: así se roba en Montevideo



Atención: así se roba en Montevideo

Vea cómo las cámaras de seguridad captan los delitos en Ciudad Vieja y de qué forma actúa la policía

https://www.youtube.com/watch?v=Ttua_bRm1mw


Los siguientes son una serie de videos grabados por las cámaras de seguridad que el Ministerio del Interior instaló en varias zonas de Montevideo y que contribuyeron a bajar los índices delictivos, así como a aumentar el esclarecimiento de los delitos. En algunos se puede notar la celeridad de la respuesta policial, ya que el centro de recepción de imágenes está en permanente contacto con los móviles en la calles.


by Kalooga

El Observador

Pasado reciente

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Pasado reciente

Organización mundial de jueces defendió a Serpaj y cuestionó a Defensa y la SCJ por investigaciones de delitos en dictadura.


La diaria – 20 1 15 – Por Facundo Franco

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La Comisión Internacional de Juristas (CIJ), ONG con sede en Ginebra, difundió ayer un informe de la situación de la “lucha por verdad y justicia” en los delitos ocurridos en la última dictadura cívico-militar, elaborado a través de varias misiones de la organización en Uruguay durante 18 meses. En el informe señala que en el país se generó “un muy elevado nivel de impunidad para los autores de violaciones graves a los derechos humanos” entre 1973 y 1985, al tiempo que sostiene que en los últimos años el Poder Ejecutivo “no ha tenido mayor interés en escudriñar el pasado reciente” y en “estrechos círculos gubernamentales” predominó la “teoría de los dos demonios”. Según el informe “Uruguay parecía haber galvanizado la resolución para avanzar en un enfoque a largo plazo de este tema durante la segunda mitad de la década pasada, pero ahora se ha estancado, y amenaza con retroceder”.
En su misión en Uruguay, la CIJ dice haber recibido “serias y fundadas quejas”sobre la “falta de apoyo” de algunas autoridades, “que debían colaborar con los elementos y pruebas que los jueces necesitan para actuar contra los violadores de derechos humanos”. Los testimonios que la organización consultó -principalmente ONG y abogados de las causas- mostraron que “los peores obstáculos se han encontrado en el Ministerio de Defensa Nacional”. “El Ministerio les ha negado -también a los jueces letrados que iniciaban investigaciones- las listas de militares que en un momento dado revistaron en una unidad militar, los legajos personales de algunos altos oficiales, direcciones de soldados a quienes los abogados patrocinantes de las víctimas querían hacer comparecer ante el Juzgado y otras informaciones fundamentales para dar impulso a los procesos”, destaca el informe. Además, sostiene que para eso se aducen razones “que no parecen válidas a simple vista”, como que “ese tipo de documentación no se ha conservado en el Ministerio”.
Otro poder
El informe también responsabiliza al Poder Judicial del escaso avance de las investigaciones, especialmente a la Suprema Corte de Justicia (SCJ). La CIJ concluye que “la SCJ ha asumido una importante cuota de responsabilidad en las acciones para terminar, a cualquier costo, con la investigación de las violaciones a derechos humanos cometidas por agentes gubernamentales durante la dictadura militar”. La organización considera que los contenidos de sus sentencias en estas causas “niegan y son violatorios del derecho internacional”, y también menciona la aplicación de sanciones “disfrazadas” -como traslados “inconsultos e infundados”- a jueces de lo penal que quisieron seguir con los procesos a miembros de las Fuerzas Armadas.
La organización internacional asegura que la SCJ tuvo “un grave y deplorable enfoque” cuando, “debido a su alta investidura, debería estar a la cabeza de los esfuerzos institucionales para que la sociedad uruguaya realice plenamente los ideales de verdad y justicia respecto de algunos de los peores crímenes cometidos en la historia del país”. Además, recomienda revisar los mecanismos de designación, ascenso, traslados y sanciones de los jueces, porque “parecería que la forma actual no alcanza a ser considerada como un procedimiento abierto, transparente y adecuado, que privilegie el mérito y el esfuerzo de los jueces por sobre otras consideraciones”.
El informe también recomienda la revisión del Estatuto de los Fiscales Letrados del Ministerio Público, porque en opinión de la CIJ, “los Fiscales hubieran podido desarrollar un papel más activo” en los casos de violación de derechos humanos denunciados al término de la dictadura. Además, recuerda que de acuerdo con la normativa internacional, “si la violación de los derechos humanos implicó delitos penales, esos delitos deben perseguirse ex officio sin necesidad de que exista queja o denuncia de parte”.
Organización
El informe también alude al vínculo del gobierno con las organizaciones de la sociedad civil en la materia -en particular Serpaj-, uno de los temas que estuvieron en agenda últimamente. La CIJ considera que estas organizaciones deben ser apoyadas, reconocidas y bienvenidas en un debate “abierto y respetuoso”, al tiempo que indica que “la injuria y los ataques” las perjudican, pero hacen lo mismo con “el gobierno que las tolera”. “La CIJ considera que sería muy importante que el gobierno entrante en Uruguay confirme que reconoce el rol que las ONG de los derechos humanos tienen en la sociedad, dando así un mensaje claro a todos los sectores involucrados”, agrega el informe. En el sitio web de la organización, el secretario general de la CIJ, Wilder Tayler, afirma que “los ataques del ministro de Defensa [Eleuterio Fernández Huidobro] contra las organizaciones de derechos humanos, aludiendo a una conspiración internacional desestabilizadora, son reminiscentes de los años de la dictadura y han causado alarma en la comunidad internacional”.
Para leer el informe completo hacer doble click en el enlace de abajo

Se envía también como Archivo Adjunto
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Se precisan 8 donantes de sangre
en forma urgente

para Julio Santos Suárez

(Nº 2079 en el EMR Nº 1)

C.I. 1. 135 788 -2

que debe ser sometido a una delicada
intervención cardiológica.

Hay que donar en Casa de Galicia
(Millán y Raffo de 8 a 12 horas)

Contacto: Angélica 099 914 513
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16º Asado de fin de año de Crysol


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Para ver el video hacer doble click en el link de abajo
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La sede de Crysol permanecerá cerrada
hasta el Lunes 2 de Febrero de 2015
                                                           

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