Gavazzo, Ramas: ni olvido, ni perdón y tampoco beneficios indebidos

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 Gavazzo, Ramas: ni olvido, ni perdón y tampoco beneficios indebidos




Expresamos nuestro firme rechazo a la decisión  de disponer la prisión domiciliaria para connotados asesinos seriales del terrorismo de Estado en un claro exceso judicial al margen de la normativa internacional y nacional al respecto.


Una vez más el poder judicial que, salvo honrosas excepciones,  ha estado históricamente omiso en el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales cuando se trata del pasado dictatorial, se posiciona militantemente en favor de los asesinos del proceso.


Es muy difícil establecer matices y diferencias entre los criminales del terrorismo de Estado, pero no hay nadie en la sociedad uruguaya, incluido el Dr. Gesto, que no sepa que tanto Gavazzo como Ramas son lo peor de lo peor. No merecen ningún gesto humanitario aunque las normas legales lo habilitaran.


Para afrenta de la sociedad uruguaya  ambos asesinos y torturadores siguen siendo miembros, con todos los derechos, de las fuerzas armadas y cuentan con el respaldo y sostén de los centros militares.


Como colectivo organizado de sobrevivientes del terrorismo de Estado, seguiremos  batallando para crear las condiciones que aseguren la plena vigencia de la normativa de DDHH e impidan que la tragedia del pasado dictatorial vuelva a repetirse.


El Estado uruguayo tiene la obligación de investigar, esclarecer y castigar todas las graves violaciones a los derechos humanos cometidas desde el 13 de junio de 1968 hasta el 28 de febrero de 1985 al mismo tiempo que debe resarcir adecuadamente el daño ocasionado a las víctimas sin obligarlas a renunciar a legítimos derechos y beneficios  ciudadanos.


Reiteramos nuestra demanda al Poder Ejecutivo, a todos sus integrantes,  de que sean sometidos a Tribunales de Honor todos los integrantes de las Fuerzas Armadas procesados con sentencia firme por delitos de lesa humanidad y que se repita hacia todos los involucrados en dichas causas, lo establecido en el Artículo 25 de la Constitución.


Al poder judicial lo exhortamos una vez más  a comprometerse de una vez por todas con la causa de la verdad y de la justicia, sin seguir haciendo la vista gorda a las maniobras y ardides legales de los violadores, torturadores y asesinos de la dictadura, civiles y militares.


La Resolución 60/147 de las Naciones Unidas sobre las obligaciones del Estado ante graves violaciones a los DDHH y el cumplimiento de la Sentencia de la Corte IDH en el caso Gelman son la guía necesaria a transitar para afirmar la democracia en la perspectiva de más y mejores transformaciones de fondo. Involucran a los tres poderes del Estado y al conjunto del sistema político. La desaparición forzada es un delito permanente. Se ha autorizado a Gavazzo y Ramas a seguir delinquiendo, con toda comodidad, en sus propios domicilios. Nada más ni nada menos.
  
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Opinando Nº 12 – Año 4 – Martes  29 de diciembre de 2015

  






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