Relator Especial de ONU presentó informe sobre Uruguay


Relator Especial de ONU presentó informe sobre Uruguay

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En la 27ª sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, realizada en setiembre del presente año, el Relator Especial  para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff, presentó su informe sobre Uruguay.

El informe  es el resultado de la visita que realizó a nuestro país a fines de setiembre y principios de octubre del año pasado a invitación formulada por el gobierno uruguayo.

El Relator Especial para la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición tiene la responsabilidad, entre otras, de supervisar la implementación de la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas, que fuera aprobada en diciembre de 2005, en los países en que se han cometido graves violaciones a los derechos humanos como las llevadas a cabo en Uruguay durante el terrorismo de Estado.

La Resolución 60/147 es la declaración universal de los derechos de las personas que han sufrido graves violaciones a sus derechos fundamentales. Es también un instrumento internacional que establece las obligaciones de los Estados en dicha materia para superar los traumas y sufrimientos ocasionados durante períodos excepcionales y crear las condiciones para impedir que ellas vuelvan a repetirse. Es la hoja de ruta a transitar para cristalizar en los hechos, en la realidad de cada país, el Nunca Más.

El Relator Especial Pablo de Greiff realiza un análisis pormenorizado de la realidad uruguaya a casi 30 años del retorno a la vida democrática y ofrece, desde su visión especializada y su experiencia internacional, un conjunto de recomendaciones que deberían ser implementadas a la mayor brevedad por parte del Estado uruguayo.

La visión sobre la realidad uruguaya de nuestro colectivo y sus demandas y aspiraciones fue refrendada explícitamente por el Relator Especial, quien, incluso fue más profundo en algunos aspectos que nuestros reclamos al respecto.

Deseamos enfatizar que en los 14 años de existencia de Crysol, Pablo de Greiff fue el primer funcionario que contactó a nuestra organización con el propósito de conocer de primera mano y en forma directa los puntos de vista de nuestro colectivo. Escuchó atentamente a nuestra delegación, tomó nota pormenorizada de nuestras opiniones y ellas están claramente presentes en su informe final.

Por la importancia que tiene el informe y sus proyecciones para afirmar las normas de derechos humanos y la institucionalidad democrática difundimos el mismo para ponerlo en conocimiento de todo el colectivo, del sistema político, de las organizaciones sociales y sindicales, de los funcionarios gubernamentales y judiciales involucrados directamente.

El informe del Dr. Pablo de Greiff es claro, contundente. Sobran las palabras.
VII.  Conclusiones y recomendaciones
1.       En este informe el Relator Especial ha intentado analizar los avances y obstáculos enfrentados en el Uruguay en las cuatro áreas de su mandato —la justicia, la verdad, la reparación y las garantías de no repetición— con vistas a presentar recomendaciones que apoyen el proceso de justicia transicional en el cual se embarcaron, a lo largo de muchos años, las autoridades uruguayas, y asistir, como sea posible, a las víctimas y sus familiares para que se respeten plenamente sus derechos.
2.       En cada una de las cuatro áreas del mandato (de forma tardía en general y mediando la admirable persistencia de las víctimas y sus asociaciones particularmente) se han conseguido algunos logros. Vale la pena destacar que:
a)  En el campo de la justicia, en el Uruguay se procesó penalmente a un ex Presidente  electo y a un ex Presidente de facto, a un exministro, y algunos miembros de alto rango de las Fuerzas Armadas y fuerzas de seguridad por violaciones graves a los derechos humanos. Un número importante de causas (alrededor de 140) se encuentran abiertas;
b)  En el campo de la verdad, aun en ausencia de mecanismos oficiales de esclarecimiento de la verdad y de la cooperación de sectores importantes del Estado, especialmente las fuerzas de seguridad, la realidad de las desapariciones en el Uruguay, ha quedado plenamente establecida;
c)  En el área de las reparaciones, el Uruguay cuenta con un marco legal que establece acceso a diferentes beneficios materiales, a pensiones indemnizatorias, restitución de beneficios pensionales, y acceso a servicios de salud para muchas víctimas; y
d)  En el área de las garantías de no repetición, vale la pena celebrar la creación de la INDDHH, entre otras iniciativas que propenden por la prevención de los abusos a los derechos humanos, y que permiten al Uruguay afirmarse como una democracia sólida.
3.       No cabe duda de que la democracia uruguaya está hoy bien instalada. Con los avances institucionales destacados en el informe, se ha ido esfumando el espectro de la vuelta al poder de los militares. Sin embargo, el país tiene aún un capítulo importante de su pasado reciente sin resolver adecuadamente. No ha avanzado como podría esperarse dado lo anterior, en el objetivo de establecer la verdad e impartir justicia por los crímenes de la dictadura, reparar a todas las víctimas de forma integral y fortalecer las garantías de no repetición.
4.       Avanzar realmente hacia el futuro y continuar en el camino del desarrollo supone necesariamente que los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición sean cumplidos y eso es responsabilidad de los tres poderes que comprende el Estado.
5.       El Relator Especial recalca que la Ley de Caducidad ha dado forma a la trayectoria de la justicia transicional en el Uruguay, representando un obstáculo, tanto real como simbólico, para lograr la rendición de cuentas por los crímenes del pasado. El Estado uruguayo no puede seguir avanzando ignorando esa realidad y los efectos que ha tenido en la vida de las víctimas, así como en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones internacionales y regionales en materia de derechos humanos.
6.       No se trata de revanchismo ni de mirar sólo el pasado, sino de crear bases sólidas para una sociedad justa, equitativa, que permita a las nuevas generaciones abordar los retos del futuro.
7.       El Relator Especial formula a continuación sus principales recomendaciones y reitera su plena disposición para acompañar a las autoridades en su implementación.
Insta al Gobierno y a las autoridades relevantes del Estado, incluida la Suprema Corte de Justicia, a:
Justicia
a)  Remover todos los obstáculos que impiden la presentación y el avance de las causas judiciales sin demoras indebidas, en cumplimiento del derecho a un recurso efectivo y otras normas internacional de derechos humanos, incluyendo la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Gelman;
b)  Avanzar en la reforma del poder judicial, asegurando que las disposiciones de la Ley Orgánica guarden armonía con los instrumentos internacionales de derechos humanos en materia de independencia judicial. En particular, los procedimientos que rigen los traslados, ascensos y sanciones de los jueces deben garantizar la independencia de los jueces y magistrados, para lo cual la transparencia, objetividad y la fundamentación de todas las decisiones son indispensables; tomar medidas en favor del establecimiento de un Consejo Superior de la Magistratura, encargado de la buena administración de las cortes, y de un Tribunal Superior Constitucional.;
c)  Asegurar la reforma del Ministerio Público y Fiscal, de conformidad con los principios internacionales de derechos humanos, incluyendo aquellos recogidos en el informe de la Relatora Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados (A/HRC/20/19), y fomentando procesos de consulta con los Fiscales, la sociedad civil, la INDDHH, entre otros;
             Verdad
d)  Diseñar y adoptar una política de Estado en materia de verdad, en consulta con víctimas y familiares, organizaciones de la sociedad civil y otras partes interesadas;
e)  En el contexto de esta política, considerar seriamente el establecimiento de un mecanismo oficial para el esclarecimiento de la verdad, que pueda completar y seguir apoyando el trabajo empezado por la COMIPAZ, la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente y la Universidad de la República;
f)   Enfatizar la importancia de dar visibilidad a todos los tipos de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante la dictadura, en particular la detención arbitraria, en condiciones de malos tratos sistemáticos, y la tortura, incluyendo la violencia sexual y la detención de los niños y adolescentes: crímenes que no pueden ser “naturalizados” y con los cuales no se debe convivir como si no hubieran ocurrido, no fueran graves, o no crearan lastres tanto a nivel personal como en las instituciones;
g)  Recoger y conservar, en todos los medios posibles, los testimonios de todas las víctimas, con la máxima consideración para las víctimas y el sufrimiento que tal ejercicio les pueda causar. Este ejercicio es urgente, dada la edad avanzada de muchas víctimas;
h)  Recolectar, sistematizar y diseminar información acerca de todas las dimensiones y elementos que dieron lugar al cúmulo inmenso de violaciones ocurridas durante la dictadura;
i)   Desarrollar una política clara y exhaustiva de acceso a archivos y ampliar los esfuerzos para recuperar documentos y archivos que todavía no estén bajo el control del Archivo General de la Nación o accesibles para consultas e investigaciones, como ciertos archivos de las Fuerzas Armadas;
              Reparación
j)   Diseñar y adoptar una política de Estado en materia de reparaciones, que cuente con presupuesto propio y promueva un enfoque integral, que incluya reparaciones materiales y simbólicas, y reconozca las particularidades de los diferentes grupos de víctimas, incluyendo las mujeres y los niños. Promover la participación de las víctimas, familiares y asociaciones en el diseño de esta política;
k)  Revisar la legislación para aumentar la cobertura de las medidas de reparación y eliminar las incompatibilidades entre los derechos a la reparación por un lado, y los derechos pensionales o jubilatorios, por el otro;
l)   Revisar los criterios y requisitos excluyentes o limitativos, así como los procedimientos para el reconocimiento de las víctimas (como limitaciones sobre períodos, tiempos de detención o edades), para prevenir que categorías enteras de víctimas queden excluidas de las medidas de reparación. En particular, revisar las disposiciones y procedimientos que exigen acreditación de lesiones “graves” o “gravísimas” para reconocer los derechos de las víctimas de tortura y malos tratos;
m) Asegurar que se revierta la carga de la prueba y no recaiga en las víctimas, para ser reconocidas como tales, tener que proporcionar evidencias o documentos a los cuales es casi imposible acceder;
n)  Asegurar la formación adecuada del personal a cargo de la atención a las víctimas y modificar los procedimientos para prevenir la revictimización, incluyendo en los casos de violencia sexual;
o)  Aumentar los recursos y fortalecer las capacidades del personal de las Comisiones Especiales creadas por las Leyes 18033 y 18596 en el cumplimiento de sus funciones;
             Garantías de no repetición
p)  Consolidar los procesos de reforma y democratización de las Fuerzas Armadas, incluyendo la reforma de las leyes orgánicas del Ministerio de Defensa Nacional y de las Fuerzas Armadas; y prevenir la participación de personal militar en funciones de seguridad interna o guardia perimetral de centros de detención;
q)  Llevar a cabo un proceso de reflexión profunda sobre las responsabilidades de las diferentes instancias del Estado en la comisión de violaciones de los derechos humanos durante la dictadura, incluyendo las Fuerzas Armadas, el poder judicial, y personal médico, entre otros, con miras a identificar y promover las reformas institucionales y legislativas necesarias para garantizar que no puedan repetirse las circunstancias, de tipo legal, de cultura institucional y desconocimiento en materia de derechos humanos, que pudieran haber contribuido a la comisión de violaciones graves de los derechos humanos. El Relator Especial recalca la importancia de incluir a las organizaciones de la sociedad civil en estos procesos de reforma;
r)  Fortalecer los programas de formación de funcionarios públicos, tanto personal civil como militar, incluyendo una formación específica en derechos humanos, continua y obligatoria. Los programas dirigidos a operadores judiciales, como miembros de la judicatura y del Ministerio Público, deben contemplar módulos de derechos humanos, pero también formación profesional para la investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de violaciones de los derechos humanos. El Relator Especial reitera la importancia de establecer metodología y mecanismos efectivos que permitan evaluar, y en caso necesario ajustar, los manuales y programas de formación para maximizar su potencial y promover un cambio sustantivo en los conocimientos y en el respeto de los derechos humanos por parte de funcionarios públicos;
s)  Sancionar un nuevo Código del Proceso Penal que asegure, entre otros, que en el proceso penal se preste tanta atención a los derechos de las víctimas como a los derechos de los imputados;
t)   Adecuar la legislación nacional a las obligaciones internacionales del Estado, en relación a la tipificación del delito de tortura, las penas impuestas por el delito de desaparición forzada, la participación de las víctimas en el proceso penal y la regulación de la acción de habeas corpus, de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos y las recomendaciones de los mecanismos internacionales de derechos humanos;
u)  Incluir elementos que permitan fortalecer el estudio sobre la dictadura y las violaciones de derechos humanos cometidas durante ese período en los diferentes niveles educativos en el Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos;
v)  Garantizar la asignación de un presupuesto propio para el desempeño efectivo y autónomo de funciones de la INDDHH y llamar a todas las instancias del Estado a tomar las medidas necesarias para implementar sus recomendaciones.
                                    
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