CÁRCEL COMÚN PARA LOS TERRORISTAS DE ESTADO

CÁRCEL COMÚN PARA LOS TERRORISTAS DE ESTADO

En Argentina los criminales de lesa humanidad son trasladados de unidades militares a centros penitenciarios. En Uruguay comienza el reclamo para que cesen los privilegios a los represores detenidos en una prisión especial o en sus domicilios. Cadenas de emails, abogados y fiscales se pronuncian contra la cárcel de Domingo Arena.

El traslado a una cárcel común de los militares acusados de crímenes de lesa humanidad que se encuentran detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 8 ubicada en el viejo Batallón de Ingenieros Nº 7 de la calle Domingo Arena, comienza a ser un reclamo de la sociedad civil, los fiscales y los abogados defensores de los derechos humanos. En las cadenas de correo electrónico viene circulando un email anónimo que muestra una foto del coronel José Nino Gavazzo, con la leyenda: "Gavazzo en Libertad ya!", y a continuación muestra una imagen de la entrada del penal de Libertad con un aclaratorio texto entre paréntesis: "El Penal".

El reclamo refleja una situación que ya se procesa en Argentina, donde buena parte de los militares y policías detenidos por crímenes de lesa humanidad han comenzado a ser trasladados a cárceles comunes sin los privilegios que los represores de la dictadura de ese país tenían en las unidades militares donde cumplían su prisión. En Uruguay, las condiciones de reclusión de una docena de militares y policías sentenciados, procesados o detenidos para su extradición es una excepción de la realidad carcelaria del país, que fuera denunciada este año por el austríaco Manfred Nowak, relator especial de Naciones Unidas sobre la tortura.

Desde el 23 de diciembre de 2006, cuando cinco militares y dos policías inauguraron la cárcel especial, cuya construcción tuvo un cuestionado costo de 400 mil dólares, no han cesado las denuncias sobre sus privilegios, los "escraches" de organizaciones de derechos humanos y la polémica sobre los "operativos" que realizan desde la prisión. LA REPUBLICA consultó a los abogados denunciantes Hebe Martínez Burlé, Pilar Elhordoy, Jorge Pan, Oscar López Goldaracena y Guillermo Paysee, y a las fiscales Mirtha Guianze y Ana María Telechea, quienes con distintos argumentos se pronunciaron unánimemente a favor del traslado de los militares a prisiones comunes.

Una resolución al respecto correspondería al director nacional de Cárceles, Jorge Szacz, dependiente del Ministerio del Interior en el que hoy asume Jorge Bruni, aunque en el escenario de las organizaciones de derechos humanos se considera que semejante decisión "política" sólo sería tomada en las más altas esferas del Poder Ejecutivo.

CÓNDORES Y BUITRES.
Los coroneles José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Jorge "Pajarito" Silveira, Ernesto Ramas y Gilberto Vázquez fueron sentenciados por el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, a una pena de 25 años de penitenciaria como autores responsables de 28 delitos de homicidio
 
("Segundo vuelo") muy especialmente agravados en reiteración real. El coronel Luis Maurente y los policías Ricardo "Conejo" Medina y José Sande Lima fueron sentenciados a 20 años de penitenciaria, también como autores responsables de esos 28 homicidios, mientras que el soldado Ernesto "Drácula" Soca se mantiene en arresto preventivo tras la extradición a Argentina otorgada por la jueza Fanny Canessa.

También se encuentra bajo prisión administrativa el coronel Carlos Calcagno, quien fue requerido en extradición desde Paraguay por la desaparición de Federico Tatter y tiene una causa abierta en Uruguay por el traslado ilegal de los desaparecidos Nelson Santana y Gustavo Inzaurralde en 1977. Por su parte, el coronel (av) José Uruguay Araújo Umpiérrez, detenido en la Base de Boiso Lanza, fue liberado cuando se rechazó una solicitud de extradición a Argentina y en tanto no se formaliza el procesamiento que la fiscal Guianze ha pedido sobre su persona por su papel en la coordinación del llamado "segundo vuelo" de Orletti.

Al inicial grupo de represores, se sumaron un año después el dictador general Gregorio "Goyo" Alvarez, y el capitán de navío Juan Carlos Larcebeau, imputados por delitos de "desaparición forzada" ("Terceros traslados") que un Tribunal de Apelaciones terminó por tipificar como "reiterados delitos de homicidio especialmente agravados". Todos los represores fueron derivados a la cárcel de la calle Domingo Arena, salvo el coronel Ramas, quien ha logrado mantenerse internado en el Hospital Militar desde donde se ha transformado en un colaborador habitual de la sección "Carta de los lectores" del semanario Búsqueda y de la web que los defiende en www.envozalta.net.

Similar excarcelación ha logrado el dictador Juan María Bordaberry, quien condenado por los asesinatos de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw y procesado por otros 11 homicidios, continúa con el beneficio del arresto domiciliario en la finca de su hijo Pedro, candidato presidencial del Partido Colorado. Sólo el ex canciller Juan Carlos Blanco, procesado por la desaparición de la maestra Elena Quinteros y por el homicidio de Zelmar y Toba, en su condición de civil, se mantiene recluido junto a otros presos comunes en la Cárcel Central ubicada en los sótanos de la Jefatura de Policía de Montevideo en San José y Yi.

JAULA DEL ESCÁNDALO.
Crear la Unidad Penitenciaria Nº 8 estaba previsto desde 2004, bajo el comando del general Santiago Pomoli, cuando ya existía sobrepoblación carcelaria y el Ministerio de Defensa estudió unificar unidades militares y desafectar otras, como el Batallón de Ingenieros Nº 7, el Batallón de Caballería Nº 9 y el predio de Punta de Rieles. La construcción de la obra generó polémicas y denuncias cuando la Auditoria Interna de la Nación (AIN) señaló irregularidades en los fondos utilizados para la nueva cárcel, cuyo origen no quedaba claro si correspondía a fondos del Ministerio de Defensa Nacional o a dineros recibidos por las misiones de paz para Naciones Unidas.

El traslado de los primeros represores a Domingo Arena se concretó antes de fin de año de 2006 y en un importante operativo policial, bajo extremas medidas de seguridad, luego de que se produjera la breve fuga del coronel Gilberto Vázquez, quien escapó del Hospital Militar cuando se le realizaba un estudio médico. La cárcel especial para militares represores de la dictadura ha sido desde entonces centro de noticias y polémicas, como la que protagonizó el coronel Jorge "Pajarito" Silveira, quien inició una huelga de hambre y terminó recibiendo la confesión por parte del propio arzobispo de Montevideo, monseñor Nicolás Cotugno.

En un ataque de depresión, el mismo día que debía declarar ante el juez Juan Carlos Fernández Lecchini por la desaparición de Elena Quinteros, el "Pajarito" Silveira habría acusado a su camarada de armas Gavazzo del asesinato de la maestra secuestrada de la embajada de Venezuela. Sin embargo, luego se retractó en una declaración pública. Las instalaciones de Domingo Arena 4399 también fueron escenario de otro escándalo cuando la guardia policial interceptó material informático que la hija del policía Ricardo Medina intentaba ingresar al local y se descubrió un operativo de contrainteligencia que los ex agentes estaban realizando desde la propia cárcel. Una investigación judicial descubrió que Nancy Medina llevaba un CD con información secreta de personalidades judiciales y políticas que los militares procesaban en cuatro computadoras personales desde las que sacaban información al exterior para efectuar operativos de "enchastre" a través de publicaciones e Internet.

PRIVILEGIO INJUSTIFICADO.
La abogada Pilar Elhordoy, que lleva adelante una decena de causas por violaciones a los derechos humanos en los años de la dictadura, opinó que "no existe razón plausible, ni fallos judiciales, que justifiquen -por el momento- que reclusos condenados por delitos comunes sean beneficiados con una cárcel especial. Según el Artículo 8º de nuestra Constitución, todos somos iguales ante la ley, por ende los iguales deben estar con sus iguales. Otra cosa puede considerarse un privilegio injustificado.

LA CARCEL VIP.
"El hecho de que los jueces no imputen tipos penales previstos en la Ley 18.026 no quiere decir que los delitos cometidos que se les imputan no sean crímenes de lesa humanidad", afirmó el abogado Oscar López Goldaracena, para quien son explícitos al respecto el derecho, la doctrina y la jurisprudencia internacional. "Los ejemplos más claros son las sentencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que establecieron que la desaparición forzada de personas era una crimen de lesa humanidad aún antes de que existiera el vocablo "desaparición forzada" en las convenciones internacionales", explicó.
López Goldaracena sostuvo que "no debe existir discriminación entre los presos. Todas las personas privadas de libertad tienen que estar en condiciones que permitan su rehabilitación, pero no pueden existir presos de primera y presos de segunda. Lo que sí debe existir para este tipo de criminales son cárceles de alta seguridad donde no cuenten con ningún beneficio y muchos menos gozar de los privilegios de una cárcel VIP". "En la medida en que se siga manteniendo el pacto de silencio y las Fuerzas Armadas no reconozcan la responsabilidad en los hechos como institución, la sociedad uruguaya debería redefinir el rol de las Fuerzas Armadas, porque no nos olvidemos que las armas se las confió el pueblo, no son propiedad de las Fuerzas Armadas", puntualizó.

JORGE PAN: IRRITANTE DIFERENCIA
El abogado Jorge Pan, del equipo jurídico del Instituto de Estudios Legales y Sociales
 
(Ielsur), indicó que "acá tenemos principios constitucionales y uno de ellos es la igualdad de todos los habitantes, diferenciados solo por talentos y virtudes, por lo cual una persona que comete un delito debe tener un lugar común de detención". Jorge Pan advirtió que "a toda persona privada de libertad le asisten derechos, pero es una irritante diferencia que algunas personas que cometieron delitos calificados por la doctrina y la jurisprudencia internacional como delitos de lesa humanidad, tengan un lugar de reclusión en donde gocen de determinados privilegios ante los demás que están privados de su libertad". Los militares "deberían estar en cualquiera de los penales, en un módulo distinto, pero no construir una cárcel a esos efectos, porque no tiene sentido y es un tratamiento diferencial ante otros presos. Todas las cárceles deberían tener la debida tutela de sus derechos elementales, según lo estableció recientemente el Informe Nowak", indicó.

Pintura de Luis Ferrer, Paysandú, Uruguay

HEBE MARTÍNEZ BURLÉ: POR LA VERDAD, DARÍA EL SHERATON
Para la abogada Hebe Martínez Burlé la Constitución establece que ningún ciudadano debe tener menos ni más garantías que otros y hoy no se está cumpliendo la Constitución cuando hay personas expuestas a la pena de muerte por razones de salud y otras tienen privilegios en la misma situación. En clara alusión a la prisión domiciliaria del dictador Bordaberry, recordó que hay un centenar de personas presas con sida, enfermedades graves y malas condiciones. "Estoy de acuerdo en que todos tengan los mismos beneficios, cualquiera sea su delito, pero no comparto los privilegios", dijo. Agregó que quienes cometieron delitos de lesa humanidad, tampoco han colaborado en el esclarecimiento de la verdad.

GUIANZA Y TELLECHEA: RESPETAR EL PRINCIPIO DE IGUALDAD.
La fiscal penal de 2º turno, Mirtha Guianze, dijo que "en la actual situación carcelaria no se cuál es la justificación que existe para mantener en esa cárcel a doce personas cuyas condiciones de reclusión se diferencian netamente de otros internos. A primera vista y sin conocer las motivaciones que llevaron a esa reclusión, se estaría vulnerando el Artículo 8ª de la Constitución, donde se establece el principio de igualdad", expresó. Por su parte, la fiscal penal de 5º turno, Ana María Telechea, recordó a LA REPUBLICA que no está de acuerdo "con las cárceles especiales porque los delitos son delitos como cualquier otro y no hay delincuentes especiales", sostuvo.

GUILLERMO PAYSÉE: OTROS TOMAN AGUA DEL WATER.
El abogado Guillermo Paysée, del equipo jurídico del Servicio Paz y Justicia (Serpaj), recordó que se opuso en su momento a la prisión de Domingo Arena, "porque no se entendía que en nuestro país, en forma excepcional, se hiciera una cárcel con esa velocidad, cuando se tardó años en hacer la cárcel de Soler en San José para 120 personas y la refacción del Penal de Libertad". Paysée señaló que la de Domingo Arena "es una cárcel de características totalmente diferentes. Toda la población carcelaria debería gozar de lugares dignos como ese, una cárcel sin superpoblación, con lugares decentes y prolijos, que no existen en el resto de la Dirección de Cárceles ni en las jefaturas del Interior.
El abogado señaló que aunque se dijo que la cárcel no sólo sería para militares sino también para otros detenidos especiales, no se aceptó trasladar allí a un preso como el ex policía Washington De María, quien permanece en una situación de aislamiento del resto de los presidiarios del Penal de Libertad. El representante de Serpaj sostuvo que "no se justifica la cárcel en la que están los militares, que no colaboran ni adentro ni afuera, porque las Fuerzas Armadas tampoco dicen la verdad, cuando hay un sistema carcelario superpoblado en el que los principales violadores a los derechos humanos en la historia del país tienen privilegios y el ladrón de gallinas tiene que tomar agua de un water".
 
FUENTE: DIARIO "LA REPÚBLICA JUNIO 2009)

1 comentario:

  1. NO ENTIENDO LA SUPREMACÍA EL PODER DEL HORROR LA JUSTIFICACION DE LA EDAD NO HAY EDAD EN ESTOS SERES OSCUROS PARA LA MALDAD AUN MUERTOS SUS ORGANOS NO PRENDEN EN CARNE HUMANA NI ANIMAL BESTIAS EXILIADAS DE LAS BESTIAS ESO SON ARRANCA FLORES DEL AMOR Y LAS PISA LAS HUNDE Y ESCONDE PORQUE TEMEN EL PEOR DE LOS JUICIOS QUE DE SEGURO TENDRÁN NO LO VERÉ LO TENDRÁN CECILIA

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